TÍTULO VIII. Normas relativas al Presupuesto de Acciones Conjuntas España-Comunidades Europeas
Disposición final primera.
Se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda a instrumentar en los créditos de gastos de personal las modificaciones presupuestarias necesarias para ajustar tales créditos a los efectivos existentes en 1 de enero de 1986, en los diferentes programas, servicios y Organismos, y las que resulten procedentes para la aplicación, en su caso, del nuevo régimen retributivo de los funcionarios.
Texto oficial de Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986 (BOE-A-1985-26831). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. — Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986 · BOE Fácil