Artículo 4. ° Reducción de los costes de constitución de Sociedades.
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se reducen al 1 por 100 los tipos de gravamen, establecidos en la disposición transitoria tercera de la Ley 32/1980, de 21 de junio, para las operaciones societarias, realizadas con posterioridad a la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley, consistentes en la constitución o el aumento de capital de Sociedades de cualquier naturaleza.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 116, de 15 de mayo de 1985. [Ref. BOE-A-1985-8832](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-8832)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 2/1985, de 30 de abril, sobre Medidas de Política Económica (BOE-A-1985-8402). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 4. ° Reducción de los costes de constitución de Sociedades. — Real Decreto-ley 2/1985, de 30 de abril, sobre Medidas de Política Económica · BOE Fácil