Artículo 25. Comunicación al Ministerio o Comunidad Autónoma.
En todo caso, el nombramiento, reelección y cese de Vocales del Consejo de Administración habrá de comunicarse al Ministerio de Economía y Hacienda a través del Banco de España., o a la Comunidad Autónoma, según proceda, para su conocimiento y constancia en el plazo de quince días.
Texto oficial de Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros (BOE-A-1986-10229). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 25. Comunicación al Ministerio o Comunidad Autónoma. — Real Decreto 798/1986, de 21 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de Regulación de las Normas Básicas sobre Organos Rectores de las Cajas de Ahorros · BOE Fácil