TITULO III. De la protección del dominio público hidráulico y de la calidad de las aguas continentales · CAPÍTULO II. De los vertidos · Sección 3.ª Sustancias peligrosas
Artículo 256. Valores límite de emisión y normas de calidad ambiental.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 907/2007, de 6 de julio. [Ref. BOE-A-2007-13182](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13182)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.12 del Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo. [Ref. BOE-A-2003-11384](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-11384)</small>
Texto oficial de Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (BOE-A-1986-10638). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 256. Valores límite de emisión y normas de calidad ambiental. — Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas · BOE Fácil