TÍTULO VII. De la seguridad de presas, embalses y balsas · CAPÍTULO IV. Régimen jurídico de la seguridad de las presas, embalses y balsas
Disposición adicional tercera. Medios humanos y materiales.
**(Suprimida)**
> <small>Se suprime por el art. 1.204 del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023. [Ref. BOE-A-2023-18806#ap](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-18806)</small>
> <small>Se añade por el art. único.22 del Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre. [Ref. BOE-A-2013-9775](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-9775).</small>
Texto oficial de Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (BOE-A-1986-10638). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.