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TITULO II. De la utilización del Dominio Público Hidráulico · I = F + C × P · Sección 6.ª bis. Especialidades en la tramitación de concesiones sobre instalaciones solares fotovoltaicas flotantes

Artículo 139 ter. Otorgamiento de concesión de instalaciones solares fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico. Tramitación y condiciones ambientales.

Texto oficial de Reglamento del Dominio Público Hidráulico (BOE-A-1986-10638). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 139 ter. Otorgamiento de concesión de instalaciones solares fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico. Tramitación y condiciones ambientales. — Reglamento del Dominio Público Hidráulico · BOE Fácil