A efectos de lo previsto en el número 1 del artículo 2.º de este Real Decreto, los Cuerpos, subgrupos y plazas que en el momento de aplicación del nuevo sistema tuvieran asignados los índices de proporcionalidad 10, 8, 6, 4 y 3 se considerarán integrados, respectivamente, en los grupos A, B, C, D y E.
Texto oficial de Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local (BOE-A-1986-10798). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional primera. — Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local · BOE Fácil