TÍTULO V. Del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial · CAPÍTULO II. Clasificación y provisión de los puestos de trabajo
Artículo 134.
Los puestos de trabajo permanentes de nivel administrativo, auxiliar y subalterno serán provistos, respectivamente, con funcionarios de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, cuando a ellos estuvieran asignadas las plazas correspondientes. La provisión de estas vacantes tendrá lugar mediante concurso que se resolverá otorgando la preferencia para las plazas anunciadas a los participantes de los respectivos Cuerpos que tengan mejor puesto en el escalafón.
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 134. — Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial · BOE Fácil