TÍTULO VI · CAPÍTULO II. Tramitación de los recursos administrativos
Artículo 166.
El Secretario General, al tiempo de iniciarse el expediente del recurso, someterá a la Comisión Permanente la designación de Ponente, que se llevará a cabo por turno. Cuando se trate de un recurso de alzada no podrá atribuirse la ponencia a quien fuere miembro del órgano de que proceda el acto recurrido.
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 136, de 7 de junio de 1986. [Ref. BOE-A-1986-14683](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-14683)</small>
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 166. — Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial · BOE Fácil