TÍTULO II. De los órganos del Consejo General del Poder Judicial y del régimen de sus reuniones · CAPÍTULO IV. Del Pleno
Artículo 46.
De cada sesión plenaria del Consejo se levantará un acta que recogerá la fecha de la reunión y los miembros del Consejo asistentes, y en la que se reseñarán sucintamente los debates y los acuerdos adoptados. Estos últimos se detallarán además en pliego separado.
**(Párrafo segundo suprimido)**
Las actas y relaciones de acuerdos se autorizarán por el Secretario General, con el visto bueno del Presidente, una vez leídas y aprobadas en la reunión plenaria siguiente.
> <small>Se suprime el párrafo segundo por la disposición derogatoria única.1 del Acuerdo de 25 de febrero de 2010. [Ref. BOE-A-2010-3608](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-3608).</small>
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Acuerdo de 25 de junio de 2008. [Ref. BOE-A-2008-11700](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2008-11700).</small>
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 136, de 7 de junio de 1986. [Ref. BOE-A-1986-14683](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-14683)</small>
Texto oficial de Acuerdo de 22 de abril de 1986, del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE-A-1986-10872). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.