El Ministerio de Educación y Ciencia podrá llevar a cabo experimentaciones educativas en todo el territorio nacional que tengan por objeto la ordenación general del sistema educativo, la fijación de las enseñanzas mínimas o que afecten a las condiciones exigibles para obtención de titulos académicos y profesionales. En el diseño y desarrollo de estas experimentaciones se contará con la participación y colaboración de las Comunidades Autónomas que se hallen en el ejercicio pleno de sus competencias en materia de enseñanza.
Texto oficial de Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experimentaciones educativas en Centros docentes (BOE-A-1986-11786). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 6. º. — Real Decreto 942/1986, de 9 de mayo, por el que se establecen normas generales para la realización de experimentaciones educativas en Centros docentes · BOE Fácil