TÍTULO I. De las patentes de Invención · CAPÍTULO I. De la solicitud de patente
Artículo 2. Lugar de presentación.
1. Las solicitudes de patentes y demás documentos que deban acompañarse a la misma, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley, podrán presentarse:
a) Directamente en el Registro de la Propiedad Industrial.
b) En las Direcciones Provinciales de Industria.
c) En las Comunidades Autónomas cuando tengan reconocida la competencia.
2. Las mencionadas solicitudes podrán dirigirse al Registro de la Propiedad Industrial, en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo.
Texto oficial de Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes (BOE-A-1986-28777). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Lugar de presentación. — Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes · BOE Fácil