CAPÍTULO V. Traducción del fascículo de patente europea
Artículo 9.
El Registro de la Propiedad Industrial procederá, en el plazo de un mes a partir de la fecha de remisión de la traducción, a la publicación de una mención relativa a dicha remisión en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial». Esta mención llevará las indicaciones necesarias para la identificación de la patente europea.
Asimismo, se publicará un folleto que contenga la traducción al español del fascículo de la patente europea. No se procederá a la publicación si no se hubiera justificado el pago de la tasa correspondiente.
> <small>Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria final 1.</small>
Texto oficial de Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación del Convenio sobre la concesión de patentes europeas hecho en Munich el 5 de octubre de 1973 (BOE-A-1986-31199). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. — Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación del Convenio sobre la concesión de patentes europeas hecho en Munich el 5 de octubre de 1973 · BOE Fácil