CAPÍTULO II. Normas de integración particulares · Sección tercera. Modalidades de integración del Régimen Especial de Representantes de Comercio
Artículo 6. Cotización.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.10 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre.[Ref. BOE-A-1996-1579](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-1579).</small>
Texto oficial de Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, por el que se integran los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de Trabajadores Ferroviarios, Jugadores de Fútbol, Representantes de Comercio, Toreros y Artistas en el Régimen General, así como se procede a la integración del Régimen de Escritores de Libros en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (BOE-A-1986-33763). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.