real decreto · BOE-A-1986-5960
Real Decreto 2704/1985, de 27 de diciembre, por el que se declaran de obligada observancia las especificaciones técnicas que figuran como anexo de este Real Decreto para los tubos de acero soldado, con diámetros nominales comprendidos entre 8 milímetros y 220 milímetros y sus perfiles derivados correspondientes, destinados a conducción de fluidos, aplicaciones mecánicas, estructurales y otros usos, tanto en negro como galvanizado y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 6/3/1986
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Industria y Energía
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto declara de obligada observancia las especificaciones técnicas de los tubos de acero soldado destinados a conducción de fluidos y otros usos.
A quién afecta: Fabricantes e importadores de tubos de acero soldado.
- Se aplica a tubos de acero soldado con diámetros entre 8 y 220 milímetros, en negro o galvanizados, destinados al consumo interior.
- Prohíbe la fabricación para el mercado interior, la venta, importación o instalación de tubos no homologados.
- Las solicitudes de homologación se dirigen al Director General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales.
- El incumplimiento constituye infracción administrativa en materia de defensa del consumidor, conforme a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
¿Qué ocurre si se venden o instalan en España tubos de acero soldado no homologados?
Constituye infracción administrativa en materia de defensa del consumidor, además de estar prohibida su fabricación, venta o instalación.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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