**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria 1.d) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-1988-29623](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-29623)</small>
> <small>Téngase en cuenta que los apartados 1 a 3 estaban derogados por la Ley 26/1987, de 11 de diciembre.</small>
> <small>Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria de la Ley 26/1987, de 11 de diciembre. [Ref. BOE-A-1987-27595](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1987-27595)</small>
> <small>Redactado el apartado 4.c) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 165, de 11 de julio de 1986. [Ref. BOE-A-1986-18436](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1986-18436)</small>
Texto oficial de Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (BOE-A-1986-9865). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 272. — Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local · BOE Fácil