TITULO VIII. Haciendas Locales · CAPITULO VI. Disposiciones comunes a las Haciendas Locales · Sección primera: Del credito local
Artículo 430.
Texto oficial de Texto Refundido de las Disposiciones Legales de Régimen Local (BOE-A-1986-9865). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
