1. Integran el Sistema Español de Museos:
a) Los Museos de titularidad estatal adscritos al Ministerio de Cultura.
b) Los Museos Nacionales no incluidos en el apartado anterior.
c) Los Museos que tengan especial relevancia por la importancia de sus colecciones y que se incorporen mediante convenio con el Ministerio de Cultura, oída la correspondiente Comunidad Autónoma.
2. Forman parte, asimismo, del Sistema Español de Museos el Instituto de Conservación y Restauración de Bienes Culturales y la Dirección de Museos Estatales, así como los servicios de carácter técnico o docente relacionados con los Museos que se incorporen mediante convenio con el Ministerio de Cultura.
Texto oficial de Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos (BOE-A-1987-11621). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 26. Constitución. — Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos · BOE Fácil