SUBTÍTULO II · CAPÍTULO III. Pensiones ordinarias en favor de los familiares del personal mencionado en la letra a) del número 1 del artículo 3 de este texto · Sección 1.ª Disposiciones generales
Artículo 35. No exigencia de período de carencia.
Texto oficial de Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado (BOE-A-1987-12636). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
