TÍTULO II. Derechos pasivos del personal comprendido en el número 2 del artículo 3.º de este Texto
Disposición adicional quinta.
A efectos de los previsto en el número 4 del artículo 30 de este texto, el régimen de dedicación a tiempo parcial establecido en el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, para los Profesores pertenecientes a Centros Docentes Universitarios, tendrá la consideración de jornada reducida.
Texto oficial de Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado (BOE-A-1987-12636). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional quinta. — Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado · BOE Fácil