CAPÍTULO III. De la autonomía de gestión económica de los Centros docentes públicos no universitarios
Disposición transitoria primera.
En tanto no entren en vigor las disposiciones reglamentarias para la ejecución de la presente Ley, serán aplicables las actuales normas reglamentarias que no estén en contradicción con sus preceptos.
Texto oficial de Ley de Gratuidad del Bachillerato y la FP (BOE-A-1987-15278). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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