TÍTULO VIII. Del Estatuto de las personas con funciones en la Administración de la Justicia Militar
Artículo 124.
Cuando se trate de sancionar al personal auxiliar de órganos judiciales o fiscales se aplicará el régimen sancionador militar general o el común, según se trate de militares o no militares.
Texto oficial de Ley Orgánica de la Jurisdicción Militar (BOE-A-1987-16791). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 124. — Ley Orgánica de la Jurisdicción Militar · BOE Fácil