TÍTULO II. De la composición y atribuciones de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, de los Tribunales y de los Juzgados Militares · CAPÍTULO II. Del Tribunal Militar Central
Artículo 38.
En los casos en que no pueda actuar el Auditor Presidente por causa legal, le sustituirá el Vocal Togado de mayor antigüedad de entre los que se encuentren en servicio activo.
> Téngase en cuenta que esta última actualización del párrafo primero establecida por la disposición final 1.8 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. [Ref. BOE-A-2015-11070#dfprimera](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11070). entra en vigor el 15 de enero de 2016, según determina su disposición final 8.
> Redacción anterior:
> "En los casos en que no pueda actuar el Auditor Presidente por causa legal, le sustituirá el Vocal Togado de mayor antigüedad."
Cuando fuera necesario sustituir a algún Vocal Togado se hará por turno de mayor a menor antigüedad entre los Auditores Presidentes de los Tribunales Militares Territoriales.
> <small>Se modifica el párrafo primero, con efectos de 15 de enero de 2016, por la disposición final 1.8 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre. [Ref. BOE-A-2015-11070#dfprimera](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-11070).</small>
Texto oficial de Ley Orgánica de la Jurisdicción Militar (BOE-A-1987-16791). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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