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CAPÍTULO V. Delegación de funciones en relación con la capacitación profesional para el transporte y para las actividades auxiliares y complementarias del mismo

Artículo 13.

Texto oficial de Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable (BOE-A-1987-17800). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 13. — Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable · BOE Fácil