El Ministerio de Economía y Hacienda realizará las modificaciones presupuestarias pertinentes para la aplicación del presente Real Decreto.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 6 de mayo de 1988.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Relaciones con las Cortes**
**y de la Secretaría del Gobierno,**
**VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ**
Texto oficial de Real Decreto 450/1988, de 6 de mayo, por el que se determina el mando de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (BOE-A-1988-11800). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. — Real Decreto 450/1988, de 6 de mayo, por el que se determina el mando de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil · BOE Fácil