La aprobación de modelo CEE para dispositivos complementarios determinará:
a) Los modelos de instrumentos a los que los dispositivos pueden ir acoplados o en los que puedan ser incluidos.
b) Las condiciones generales de funcionamiento de conjunto de los instrumentos para los que se admitan esos dispositivos.
Texto oficial de Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE (BOE-A-1988-14490). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. — Real Decreto 597/1988, de 10 de junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE · BOE Fácil