TÍTULO VI. Almacenamiento, transporte, venta y comercio exterior
Artículo 19. Venta.
En la venta de los productos sujetos a esta Reglamentación Técnico-Sanitaria se cumplirán las exigencias en ellas contempladas.
Texto oficial de Real Decreto 1231/1988, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización del café (BOE-A-1988-24183). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 19. Venta. — Real Decreto 1231/1988, de 14 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, almacenamiento, transporte y comercialización del café · BOE Fácil