1. Se autoriza al Ministro de Transportes, Turismo y Comunicaciones a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el cumplimiento y ejecución del Plan.
2. Corresponde al Ministro disponer los ajustes o adaptaciones técnicas que resulten necesarias para resolver los problemas de incompatibilidad radioeléctrica que deriven de la ejecución del Plan.
Texto oficial de Real Decreto 1362/1988, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Privada (BOE-A-1988-26284). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. — Real Decreto 1362/1988, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Privada · BOE Fácil