TITULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público · CAPITULO IV. Del Régimen Jurídico de los Patrimonios Públicos · Otras disposiciones
Disposición transitoria decimocuarta. Normas de gestión de créditos de gastos de funcionamiento de los Centros Públicos de Enseñanzas no Universitarias.
Lo previsto en el artículo quince por el que se modifican los artículos diez, once y doce y se añade el artículo catorce de la Ley 12/1987, de 2 de julio, se aplicará al ejercicio económico de 1988.
Texto oficial de Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989 (BOE-A-1988-29563). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria decimocuarta. Normas de gestión de créditos de gastos de funcionamiento de los Centros Públicos de Enseñanzas no Universitarias. — Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989 · BOE Fácil