TÍTULO V. De las medidas económico-financieras para la implantación y sostenimiento de la planta judicial
Artículo 64.
A los efectos prevenidos en el artículo 10 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declaran de utilidad pública las obras de construcción, modificación y ampliación de edificios para sede de Juzgados, Tribunales y Centros, Organismos y Servicios de la Administración de Justicia necesarias para la ejecución de la planta establecida en esta Ley.
Texto oficial de Ley de Demarcación y Planta Judicial (BOE-A-1988-29622). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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