TÍTULO V. De las medidas económico-financieras para la implantación y sostenimiento de la planta judicial
Disposición transitoria segunda.
Los dos Presidentes de las actuales Salas de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que no sean nombrados para la Presidencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del mismo mantendrán, a título personal, los derechos económicos que correspondan a un Presidente de la Sala del Tribunal Supremo y presidirán las Secciones que puedan constituirse.
Texto oficial de Ley de Demarcación y Planta Judicial (BOE-A-1988-29622). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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