Lo dispuesto en este Real Decreto se entiende sin perjuicio de lo previsto sobre la materia en el Tratado de Adhesión de España a las Comunidades Europeas, Tratados Fundacionales y Derecho Comunitario Derivado.
###### Disposición transitoria
Los expedientes de convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria incoados con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto continuarán su tramitación y se resolverán de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su iniciación.
Texto oficial de Homologación de Títulos y Estudios Extranjeros de Educación No Universitaria (BOE-A-1988-3987). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. — Homologación de Títulos y Estudios Extranjeros de Educación No Universitaria · BOE Fácil