«DE LA CONTABILIDAD DE LOS EMPRESARIOS · «De las sociedades en comandita por acciones
Disposición final segunda.
Los libros de buques y aeronaves llevados hasta ahora en los Registros Mercantiles constituirán registros independientes y continuarán rigiéndose por las normas referidas a ellos, hasta que se establezca el Registro de la Propiedad Mobiliaria, en el que se unificarán los actuales Registros de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento y los libros de buques y aeronaves, y se dote al mismo de la adecuada regulación, para lo que se concede al Gobierno la correspondiente autorización.
Texto oficial de Ley de Reforma Mercantil de Adaptación a la CEE (BOE-A-1989-17832). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. — Ley de Reforma Mercantil de Adaptación a la CEE · BOE Fácil