CAPÍTULO II. De la promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía
Artículo 16.
En la antigüedad selectiva se efectuará el llamamiento por riguroso orden escalafonal en número de un 20 por 100 más de las vacantes convocadas, pasando a incrementar las de concurso-oposición, cuando concurran ambas modalidades, las que no resulten cubiertas por aquélla.
Texto oficial de Orden de 24 de octubre de 1989 por la que, con carácter provisional, se desarrollan las previsiones contenidas en el Reglamento de Ingreso, Formación, Promoción y Perfeccionamiento de Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía (BOE-A-1989-25430). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. — Orden de 24 de octubre de 1989 por la que, con carácter provisional, se desarrollan las previsiones contenidas en el Reglamento de Ingreso, Formación, Promoción y Perfeccionamiento de Funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía · BOE Fácil