Las unidades administrativas y puestos de trabajo, con nivel orgánico inferior a la Subdirección General, del extinguido Instituto de Planificación Contable, continúan subsistentes y, en tanto se adopten las medidas de desarrollo procedentes, pasan a depender de las distintas unidades básicas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, de acuerdo con las funciones atribuidas a cada una de ellas por el presente Real Decreto.
Texto oficial de Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOE-A-1989-7103). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. — Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas · BOE Fácil