TÍTULO IIl. Del juicio oral · CAPÍTULO III. De la celebración de la vista del juicio oral · Sección III. Del desarrollo de la vista del juicio oral · Subsección I. De la confesión del procesado y responsables civiles
Artículo 306.
Si fueren más de uno de los delitos imputados y varios los procesados, se hará a todos ellos la pregunta correspondiente a cada delito referida a la participación que en él hubieren tenido.
Imputándose en la calificación responsabilidad civil a cualquier otra persona, comparecerá también ante el Tribunal y declarará si se conforma con las conclusiones de la calificación que le afecten.
Texto oficial de Ley Orgánica Procesal Militar (BOE-A-1989-8712). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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