El procedimiento contencioso-disciplinario militar regulado en el presente libro constituye el único cauce para obtener la tutela judicial efectiva en materia disciplinaria militar.
El procedimiento contencioso-disciplinario militar ordinario, que se regula en los títulos II al IV, ambos inclusive, de este libro, es aplicable a toda pretensión que se deduzca contra la imposición de cualquier sanción disciplinaria militar conforme a la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas o contra cualquier sanción disciplinaria impuesta de acuerdo con la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil.
> Téngase en cuenta que esta última actualización del párrafo segundo, establecida por la disposición final 2.5 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre. [Ref. BOE-A-2014-12652](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12652). entra en vigor el 5 de marzo de 2015
> Redacción anterior:
> "El procedimiento contencioso-administrativo militar ordinario, que se regula en los Títulos II al IV, ambos inclusive, de este libro, es aplicable a toda pretensión que se deduzca contra la imposición de cualquier sanción **por falta grave** militar o por la imposición de las sanciones disciplinarias extraordinarias que señala el artículo 61 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas."
> Se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado en negrita por Sentencia del TC 177/2011, de 8 de noviembre. [Ref. BOE-A-2011-19235](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-19235).
Contra las sanciones disciplinarias que afecten al ejercicio de derechos fundamentales señalados en el artículo 53.2 de la Constitución, podrá interponerse el recurso contencioso-disciplinario militar preferente y sumario que se regula en el Título V de este libro.
> <small>Se modifica el párrafo segundo por la disposición final 2.5 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre. [Ref. BOE-A-2014-12652](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-12652).</small>
> <small>Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del inciso destacado del párrafo segundo por Sentencia del TC 177/2011, de 8 de noviembre. [Ref. BOE-A-2011-19235](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-19235).</small>
Texto oficial de Ley Orgánica Procesal Militar (BOE-A-1989-8712). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.