TÍTULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público · CAPÍTULO III. Del Régimen Jurídico de los Patrimonios Públicos
Disposición derogatoria cuarta. Concesión de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas.
Quedan derogados el apartado A del punto 1 del artículo 2.º, el apartado F del artículo 4.º y el artículo 6.º, todos ellos de la Ley 29/1984, de 2 de agosto, por la que se regula la concesión de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas, y los preceptos del Real Decreto 2089/1984, de 14 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 29/1984, de 2 de agosto, de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas que se dictaron en desarrollo de los mismos.
Madrid, 29 de junio de 1990.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ**
Texto oficial de Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 (BOE-A-1990-15347). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición derogatoria cuarta. Concesión de ayudas a empresas periodísticas y agencias informativas. — Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990 · BOE Fácil