TITULO III. Las Asociaciones deportivas · CAPITULO II. Los Clubes deportivos
Artículo 13.
A los efectos de esta Ley se consideran Clubes deportivos las asociaciones privadas, integradas por personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica de las mismas por sus asociados, así como la participación en actividades y competiciones deportivas.
Texto oficial de Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte (BOE-A-1990-25037). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 13. — Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte · BOE Fácil