REGLAMENTO DE DESARROLLO DE LA LEY 19/1988, DE 12 DE JULIO, DE AUDITORlA DE CUENTAS · CAPITULO II. De las normas técnicas de auditoría
Artículo 13. Concepto y contenido.
1. Las normas técnicas de auditoría de cuentas constituyen los principios y requisitos que debe observar necesariamente el auditor de cuentas en el desempeño de su función y sobre las que deben basarse las actuaciones necesarias para expresar una opinión técnica responsable.
2. Las normas técnicas de auditoría de cuentas versarán sobre las siguientes cuestiones:
a) Normas técnicas de carácter general.
b) Normas técnicas sobre la ejecución del trabajo.
c) Normas técnicas sobre informes.
3. En todo caso, y para lo no establecido en las normas técnicas publicadas, tendrán la consideración de éstas los usos o prácticas habituales de los auditores de cuentas, entendidos como los actos reiterados constantes y generalizados observados por aquéllos en el desarrollo de su actividad.
Texto oficial de Real Decreto 1636/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas (BOE-A-1990-31072). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.