TÍTULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público · CAPÍTULO IV. Del Régimen Jurídico de los Patrimonios Públicos
Disposición derogatoria segunda. Concesión de ayudas a Empresas periodísticas y agencias informativas.
Quedan derogados los artículos 1, 2, 1, b): 4, a), c), d), e) y g); 7; 8; Disposición Adicional primera y Disposición Final de la Ley 29/1984, de 2 de agosto, por la que se regula la concesión de ayudas a Empresas periodísticas y agencias informativas.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 27 de diciembre de 1990.
**JUAN CARLOS R.**
**El Presidente del Gobierno,**
**FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ**
Texto oficial de Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (BOE-A-1990-31180). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición derogatoria segunda. Concesión de ayudas a Empresas periodísticas y agencias informativas. — Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 · BOE Fácil