TÍTULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público · CAPÍTULO IV. Del Régimen Jurídico de los Patrimonios Públicos
Disposición transitoria octava. Procedimientos de tasación pericial contradictoria iniciados.
Los procedimientos de tasación pericial contradictoria que estuviesen iniciados a la entrada en vigor de la presente Ley y en los que no se hubiera nombrado el tercer Perito, se continuará de acuerdo con lo dispuesto en el número 2 del artículo 52 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, tal como queda redactada por el artículo 79 de la presente Ley.
> <small>Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 39, de 14 de febrero de 1991. [Ref. BOE-A-1991-3884](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1991-3884).</small>
Texto oficial de Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (BOE-A-1990-31180). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria octava. Procedimientos de tasación pericial contradictoria iniciados. — Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 · BOE Fácil