CAPÍTULO I. Régimen sustantivo de las Agrupaciones de Interés Económico
Artículo 5. Responsabilidad de los socios.
1. Los socios de la Agrupación de Interés Económico responderán personal y solidariamente entre sí por las deudas de aquélla.
2. La responsabilidad de los socios es subsidiaria de la de la Agrupación de Interés Económico.
Texto oficial de Ley de Agrupaciones de Interés Económico (BOE-A-1991-10511). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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