CAPÍTULO VIII. Estatuto jurídico, inmunidades exenciones y privilegios
Artículo 51. Inmunidades de los funcionarios y empleados.
Los Gobernadores y Consejeros; sus suplentes, los funcionarios y empleados del Banco, y los expertos que realicen alguna misión para el Banco gozarán de inmunidad ante posibles procesos judiciales por actos ejecutados en el desempeño de sus funciones, salvo cuando el Banco renuncie a tal inmunidad; asimismo; serán inviolables todos sus papeles y documentos oficiales. Dicha inmunidad, sin embargo, no alcanzará a la responsabilidad civil derivada de daños causados en un accidente de carretera ocasionado por cualquiera de los mencionados Gobernadores y Consejeros, sus suplentes, funcionarios y empleados, o expertos.
Texto oficial de Instrumento de ratificación del Convenio constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, hecho en París el 29 de mayo de 1990 (BOE-A-1991-10840). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 51. Inmunidades de los funcionarios y empleados. — Instrumento de ratificación del Convenio constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, hecho en París el 29 de mayo de 1990 · BOE Fácil