TÍTULO II. Organización de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa
Artículo 11.
Son funciones de los Presidentes de los órganos colegiados a que se refieren los artículos anteriores ostentar su representación, presidir las reuniones y dirigir las deliberaciones, así como ejecutar sus acuerdos y ejercer las demás funciones que les están atribuidas de conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Texto oficial de Real Decreto 30/1991, de 18 de enero, sobre régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa (BOE-A-1991-1735). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 11. — Real Decreto 30/1991, de 18 de enero, sobre régimen orgánico y funcional de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa · BOE Fácil