TÍTULO VIII. Disposiciones sobre la Organización y los sistemas de gestión económico-financiera del Sector Público · CAPÍTULO IV. De la Seguridad Social
Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos.
Los programas y actuaciones a los que les será de especial aplicación durante 1992 el sistema previsto en la Disposición Adicional Decimosexta de la Ley 37/1988 serán, cualquiera que sea el agente del sector público estatal que los ejecute o gestione, los siguientes:
Creación de infraestructura de carreteras.
Educación infantil y básica.
Enseñanzas medias.
Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos.
Infraestructura del transporte ferroviario.
Investigación científica.
Investigación y desarrollo tecnológico.
Investigación técnica.
Mejora de la infraestructura agraria.
Seguridad vial.
Tribunales de Justicia.
Formación profesional ocupacional.
Atención primaria a la salud.
Texto oficial de Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 (BOE-A-1991-30903). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición adicional segunda. Seguimiento de objetivos. — Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 · BOE Fácil