real decreto · BOE-A-1991-3212
Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 6/2/1991
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Este real decreto adopta medidas para prevenir y reducir la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, en interés de la protección ambiental y de la salud humana.
A quién afecta: Instalaciones industriales que utilicen amianto y empresas de demolición.
- Obliga a reducir en origen o evitar las emisiones de amianto a la atmósfera, los vertidos líquidos y los residuos sólidos que lo contengan.
- Fija un valor límite de concentración de amianto emitida a la atmósfera de 0,1 miligramos por metro cúbico de aire emitido.
- Las instalaciones que generen emisiones o vertidos con amianto requieren autorización previa, con inspecciones periódicas para controlar el cumplimiento de los valores establecidos.
- La demolición de edificios y estructuras que contengan amianto debe evitar una contaminación importante del medio ambiente por desprendimiento de fibras o polvo.
¿Qué valor límite de concentración de amianto en el aire establece este real decreto?
0,1 miligramos de amianto por metro cúbico de aire emitido.
Normas relacionadas
- Cita a: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (1 menciones)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
6 de febrero de 1991
Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto — versión original 1991
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