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real decreto · BOE-A-1991-3212

Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto

Estado
Vigente
Publicación
6/2/1991
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno

Este real decreto adopta medidas para prevenir y reducir la contaminación del medio ambiente producida por el amianto, en interés de la protección ambiental y de la salud humana.

A quién afecta: Instalaciones industriales que utilicen amianto y empresas de demolición.

  • Obliga a reducir en origen o evitar las emisiones de amianto a la atmósfera, los vertidos líquidos y los residuos sólidos que lo contengan.
  • Fija un valor límite de concentración de amianto emitida a la atmósfera de 0,1 miligramos por metro cúbico de aire emitido.
  • Las instalaciones que generen emisiones o vertidos con amianto requieren autorización previa, con inspecciones periódicas para controlar el cumplimiento de los valores establecidos.
  • La demolición de edificios y estructuras que contengan amianto debe evitar una contaminación importante del medio ambiente por desprendimiento de fibras o polvo.
¿Qué valor límite de concentración de amianto en el aire establece este real decreto?

0,1 miligramos de amianto por metro cúbico de aire emitido.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 6 de febrero de 1991

    Real Decreto 108/1991, de 1 de febrero, sobre la prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto — versión original 1991

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