Se considera desleal la realización o difusión de manifestaciones sobre la actividad, las prestaciones, el establecimiento o las relaciones mercantiles de un tercero que sean aptas para menoscabar su crédito en el mercado, a no ser que sean exactas, verdaderas y pertinentes.
En particular, no se estiman pertinentes las manifestaciones que tengan por objeto la nacionalidad, las creencias o ideología, la vida privada o cualesquiera otras circunstancias estrictamente personales del afectado.
Texto oficial de Ley de Competencia Desleal (BOE-A-1991-628). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Actos de denigración. — Ley de Competencia Desleal · BOE Fácil