Son infracciones muy graves:
a) El incumplimiento de las medidas sanitarias o de seguridad exigibles para la integridad física de cuantos intervienen o asisten a los espectáculos taurinos.
b) La celebración de espectáculos taurinos con infracción de los requisitos de comunicación o autorización exigidos en la presente Ley, que no estén incluidas en el párrafo p) del artículo anterior.
c) La comisión, dentro de un año natural, de tres infracciones graves.
Texto oficial de Ley de Espectáculos Taurinos (BOE-A-1991-8266). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 16. Infracciones muy graves. — Ley de Espectáculos Taurinos · BOE Fácil