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ley organica · BOE-A-1991-8478

Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral en emisoras municipales de radiodifusión sonora

Estado
Vigente
Publicación
9/4/1991
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta ley orgánica reguló la publicidad electoral en las emisoras municipales de radiodifusión sonora, prohibiendo la contratación de espacios publicitarios y reservando espacios gratuitos para las campañas municipales.

A quién afecta: Emisoras de radio de titularidad municipal y partidos, federaciones y coaliciones que concurran a elecciones municipales.

  • No pueden contratarse espacios de publicidad electoral en las emisoras de radiodifusión sonora de titularidad municipal.
  • Los partidos que concurran a elecciones municipales tienen derecho a espacios gratuitos de propaganda en las emisoras municipales de su circunscripción.
  • Las emisoras municipales no distribuyen espacios gratuitos de propaganda electoral en elecciones distintas de las municipales.
  • El respeto al pluralismo en los programas electorales queda garantizado por las Juntas Electorales correspondientes.
¿Se pueden contratar espacios de publicidad electoral de pago en las emisoras de radio municipales?

No, esta ley prohíbe contratar espacios de publicidad electoral en las emisoras de radiodifusión sonora de titularidad municipal.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Ley Orgánica de Publicidad Electoral en Emisoras Municipales de Radiodifusión · BOE Fácil